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Servicio al que se destina el vehículo

Servicio al que se destina el vehículo

Al cambiar de nombre un coche, una de las cosas a tener en cuenta es el servicio al que se destinará el coche y si éste va a cambiar. Te explicamos aquí todo lo necesario para entender el servicio al que se destina el vehículo. Así podrás saber qué opción elegir a la hora de transferir tu vehículo.

El servicio al que un vehíuclo está destinado está indicado en la casilla D.4 del permiso de circulación (D.4.- Servicio al que se destina.).

Servicio al que se destina el vehículo indicado en el permiso de circulación

Para definir el servicio, se emplea un código alfanumérico de tres caracteres para clasificarlos de la siguiente manera:

Primer Carácter que define servicio al que se destina el vehículo

El primer carácter que define el servicio al que se destina el vehículo está representado por una letra:

  • A. Servicio público: Si el primer carácter es la letra A, el vehículo se asigna a una actividad que requiere autorización administrativa.
  • B. Servicio particular: En el caso de que el primer carácter es la letra B, el vehículo se asigna a una actividad privada del propietario. Este es el caso más común para coches de uso personal o privado.

Caracteres Segundo y Tercero para definir el servicio

Los caracteres segundo y tercero están representados por dos cifras numércias. A continuacion te explicamos lo que significa cada una:

  1. 00 – Sin especificar: El vehículo no está designado para ninguno de los otros servicios mencionados a continuación.
  2. 01 – Alquiler sin conductor: Vehículo destinado a ser arrendado sin conductor.
  3. 02 – Alquiler con conductor (autoturismo): Vehículo para el transporte de personas y equipaje con conductor.
  4. 03 – Aprendizaje de la conducción: Vehículo para la enseñanza de la conducción y pruebas de aptitud para obtener permisos y licencias.
  5. 04 – Taxi: Vehículo para el servicio público de transporte de pasajeros en turismo.
  6. 05 – Auxilio en vías públicas: Vehículo para el rescate y transporte de vehículos accidentados o averiados.
  7. 06 – Agrícola: Vehículo para labores agrícolas.
  8. 07 – Ambulancia: Vehículo para el transporte de personas enfermas o accidentadas.
  9. 08 – Funerario: Vehículo para el transporte de cadáveres.
  10. 09 – Obras: Vehículo para trabajos de construcción.
  11. 10 – Mercancías peligrosas: Vehículo para el transporte de materias peligrosas.
  12. 11- Basurero: Vehículo para el transporte de residuos.
  13. 12 – Transporte escolar: Vehículo para el transporte de escolares y menores.
  14. 13 – Policía: Vehículo para servicios policiales.
  15. 14 – Bomberos: Vehículo para la extinción de incendios.
  16. 15 – Protección civil y salvamento: Vehículo para servicios de protección civil y salvamento.
  17. 16 – Defensa: Vehículo asignado al Ministerio de Defensa.
  18. 17 – Vivienda: Vehículo adaptado como vivienda.
  19. 18 – Actividad económica: Vehículo destinado al transporte de mercancías para actividades económicas.
  20. 19 – Recreativo: Vehículo para actividades de ocio.
  21. 20 – Mercancías perecederas: Vehículo para el transporte de productos alimentarios a temperatura regulada.
  22. 21 – Vehículo para ferias: Vehículo adaptado para circo o ferias recreativas ambulantes.

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