📅 Actualizado: octubre de 2026 · Información contrastada con la Sede Electrónica de la DGT («Notificación de venta» y «Entrega de un vehículo a un compraventa»), el catálogo de tasas de Tráfico y la Ley 50/1980 de Contrato de Seguro (BOE).
Cada primavera, cuando empieza la temporada de moto, se nos llena el despacho de la misma consulta: «Vendí la moto y me ha llegado una multa». Llevo más de 20 años en una gestoría de vehículos y casi siempre la causa es idéntica: nadie hizo la notificación de venta de moto y el vendedor seguía figurando como titular en Tráfico.
Es un trámite pequeño y barato que puedes hacer tú solo, sin esperar al comprador. Te cuento cuándo hacerlo, qué te piden y qué cambia si vendes a un concesionario.
✅ Respuesta rápida: la notificación de venta de una moto la hace el vendedor ante la DGT, a ser posible el mismo día de la venta y como máximo en 10 días. Cuesta la tasa 4.1 de 8,67 €, se presenta online o en Jefatura con el contrato firmado y, desde ese día, las multas del vehículo dejan de ser tuyas.
Tabla de contenidos
- ¿Es obligatorio notificar la venta de una moto? ⚖️
- ¿Qué cambia si es una moto, un ciclomotor o un coche? 🏍️
- ¿Qué te piden para notificar la venta? 📋
- ¿Cómo se hace la notificación de venta de la moto paso a paso? 🧭
- ¿Y si vendes la moto a un concesionario o compraventa? 🏪
- ¿Qué pasa con el seguro de la moto cuando la vendes? 🛡️
- ¿Lo haces tú o lo dejas en manos de una gestoría? 🤝
- Preguntas frecuentes sobre la notificación de venta de una moto ❓
- ¿Cuándo toca hacer cada cosa? El calendario del vendedor 🗓️
¿Es obligatorio notificar la venta de una moto? ⚖️
Sí. El artículo 32 del Reglamento General de Vehículos da al vendedor 10 días para comunicar la venta a Tráfico y al comprador 30 días para pedir el cambio de titularidad. Son dos trámites distintos y cada uno es responsabilidad de una persona:
- La notificación de venta la hace el vendedor y sirve para que la DGT sepa que la moto ya no es suya.
- La transferencia la pide el comprador y es la que pone la moto a su nombre. Te explico ese trámite en cómo hacer la transferencia de una moto.
La DGT lo deja claro: la notificación no exime al comprador de hacer la transferencia y, hasta que la haga, no se expide el nuevo permiso de circulación. Pero a ti te protege desde el primer día.
¿Qué cambia si es una moto, un ciclomotor o un coche? 🏍️
La notificación de venta es la misma para casi todo lo que lleva matrícula. Donde sí hay diferencias es en la transferencia que hará después el comprador:
| Moto | Ciclomotor | Coche | |
|---|---|---|---|
| Notificación de venta (vendedor) | Tasa 4.1: 8,67 € | Tasa 4.1: 8,67 € | Tasa 4.1: 8,67 € |
| Transferencia (comprador) | Tasa 1.5: 55,70 € | Tasa 1.2: 27,85 € | Tasa 1.5: 55,70 € |
| Plazo para notificar | 10 días | 10 días | 10 días |
| Plazo para transferir | 30 días | 30 días | 30 días |
Si vendes un ciclomotor, el comprador tiene que tener en cuenta su tasa propia y el empadronamiento, que explico en la transferencia de ciclomotor. Y una excepción curiosa: los patinetes y demás vehículos de movilidad personal (VMP) no admiten notificación de venta; en ese caso hay que hacer directamente la transferencia del VMP.
¿Qué te piden para notificar la venta? 📋
Antes de nada, la moto tiene que ser «transferible». La DGT exige que:
- Esté de alta. Si la tenías en baja temporal porque no la usabas en invierno, tendrás que darla de alta primero.
- Tenga pagado el impuesto de circulación del año anterior.
- No tenga pendientes sanciones del propio vehículo.
- No tenga una reserva de dominio de la financiera sin cancelar. Si la compraste a plazos, pide antes a la financiera la carta de cancelación.
- Si tiene un embargo o un precinto, el comprador debe firmar que lo conoce, o debe constar en el contrato.
Y en cuanto a papeles, necesitas el contrato de compraventa firmado por los dos en todas sus hojas (o la factura, si vende una empresa), la tasa 4.1 y tu identificación. Si no quieres llevarte sorpresas, saca antes un informe DGT de la moto: verás si hay algo que bloquee la operación.
¿Cómo se hace la notificación de venta de la moto paso a paso? 🧭
Online es lo más rápido. Necesitas DNI electrónico, certificado digital o Cl@ve:
- Entra en el trámite «Notificación de venta» de la Sede Electrónica de la DGT y revisa tus datos de contacto.
- Escribe la matrícula de la moto y el DNI, NIE o NIF del comprador.
- Paga la tasa 4.1 de 8,67 € en el propio formulario o mete el número de 12 cifras de una tasa ya pagada.
- Adjunta el contrato escaneado, que se lea bien: si es ilegible, no tramitan la solicitud.
- Envía y guarda el justificante de presentación. En aproximadamente una semana te llega por correo electrónico el justificante de la notificación.
Si prefieres hacerlo en persona, pide cita previa en el 060 o por internet y lleva el impreso oficial, tu DNI, el contrato y la tasa (en la oficina se paga con tarjeta, nunca en efectivo). Ojo con un detalle: a efectos legales cuenta la fecha en que notificas, no la del contrato. Tengo una explicación más amplia del formulario en cómo hacer la notificación de venta online.
¿Y si vendes la moto a un concesionario o compraventa? 🏪
Aquí el trámite no es la notificación de venta, sino la entrega a compraventa, y conviene saber cómo funciona porque mucha gente da su moto como parte del pago de otra:
- Se firma un documento entre tú y el compraventa autorizando la entrega, y se paga también la tasa 4.1 de 8,67 €.
- La moto pasa a baja temporal y el compraventa queda como depositario, así que nadie puede circular con ella hasta que se tramite su alta.
- Si en un año el profesional no la ha vendido, es él quien tiene que ponerla a su nombre.
Muchos concesionarios lo tramitan por ti; pide siempre copia del documento firmado y del justificante.
📌 En corto: a un particular se le notifica la venta; a un compraventa se le hace una entrega. Las dos cuestan 8,67 € y las dos te quitan de encima las multas desde la fecha en que se presentan, nunca antes.
¿Qué pasa con el seguro de la moto cuando la vendes? 🛡️
Es la pregunta que casi nadie se hace y que más dinero cuesta. Según el artículo 34 de la Ley de Contrato de Seguro, quien vende tiene que avisar por escrito al comprador de que existe la póliza y, una vez hecha la venta, comunicarla por escrito a su aseguradora en 15 días. Las primas que ya estuvieran vencidas en ese momento pueden reclamarse a los dos.
El artículo 35 permite tanto a la aseguradora como al comprador rescindir el contrato en un plazo de 15 días. Cada compañía tiene además sus propias condiciones, así que pregunta a la tuya qué pasa con la prima no consumida.
¿Lo haces tú o lo dejas en manos de una gestoría? 🤝
| Por tu cuenta | Con Gestioon | |
|---|---|---|
| Identificación | Cl@ve, DNI-e o certificado, o cita en Jefatura | No te hace falta: firmas la autorización online |
| Revisión previa | Compruebas tú alta, cargas e impuestos | Revisamos la moto antes de presentar nada |
| Si la DGT pide subsanar | Respondes tú al correo y adjuntas lo que falte | Lo resolvemos nosotros |
| Coste | Tasa 4.1 (8,67 €) | Tasa 4.1 + honorarios |
Si tienes Cl@ve y el contrato está bien hecho, puedes hacerlo tú sin problema. Donde una gestoría marca la diferencia es cuando hay prisa, cuando no tienes identificación digital o cuando el comprador ya está dando largas. En Gestioon presentamos la notificación de venta online por ti y, si el comprador quiere hacer bien las cosas, también tramitamos su transferencia; aquí tienes cuánto cuesta transferir una moto.
Preguntas frecuentes sobre la notificación de venta de una moto ❓
¿Cuánto cuesta notificar la venta de una moto?
La tasa 4.1 de la DGT cuesta 8,67 € y es la misma para motos, ciclomotores y coches. Si lo encargas a una gestoría, se suman sus honorarios.
¿Puedo notificar la venta sin el comprador?
Sí. La notificación la hace siempre el vendedor o alguien autorizado por él. Solo necesitas el NIF del comprador y el contrato firmado por los dos.
¿Desde cuándo dejo de responder de las multas?
Desde la fecha en que presentas la notificación, no desde la firma del contrato. Por eso conviene hacerla el mismo día de la venta.
¿Y si el comprador no hace la transferencia después de notificar?
Tú ya estás protegido frente a las sanciones posteriores, pero la moto seguirá sin permiso de circulación a su nombre. Si no responde, revisa qué hacer cuando el comprador no hace la transferencia.
¿Cuándo toca hacer cada cosa? El calendario del vendedor 🗓️
Lo que le explico a cualquier cliente que viene a vender su moto, ordenado por fechas:
Antes de firmar
Saca el informe de la moto, comprueba que está de alta y que el impuesto de circulación del año anterior está pagado. Prepara un contrato de compraventa DGT con los datos de los dos, el precio y la hora.
El día de la venta
Firmad todas las hojas, quédate con el original y con una copia del DNI del comprador, apunta la hora exacta de entrega y, si puedes, notifica la venta ese mismo día.
Dentro de los 10 días
Es el plazo máximo para notificar. No lo apures: cada día de retraso es un día más de multas a tu nombre.
Dentro de los 15 días
Comunica la venta por escrito a tu aseguradora.
A partir del día 30
El comprador ya debería haber hecho la transferencia. Compruébalo en miDGT; si no lo ha hecho, sigue estos pasos sobre qué hacer si el comprador no hace la transferencia.
El 1 de enero siguiente
El impuesto de circulación se devenga ese día y lo paga quien figura como titular. Si notificaste la venta a tiempo, la DGT ya habrá comunicado el cambio a los ayuntamientos.
¿Prefieres no tener que estar pendiente de nada de esto? Notifica la venta de tu moto con Gestioon y olvídate.
Fuentes: Sede Electrónica de la DGT, «Notificación de venta» y «Entrega de un vehículo a un compraventa»; catálogo de tasas de la DGT (tasas 1.2, 1.5 y 4.1); Real Decreto 2822/1998, Reglamento General de Vehículos, art. 32 (BOE-A-1999-1826); Ley 50/1980, de Contrato de Seguro, arts. 34 y 35 (BOE-A-1980-22501). Consultadas y actualizado: octubre de 2026.




