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Vendedor no quiere transferir el coche: comprador junto a un coche de segunda mano, con la carpeta del contrato y el móvil en la oreja intentando localizar al vendedor

Vendedor no quiere transferir el coche: qué puedes hacer como comprador

¿El vendedor no quiere transferir el coche? Si tienes el contrato firmado, haces tú la transferencia sin él. Te explico qué hacer según cada caso (no firma, no da papeles, no aparece o ha fallecido), el burofax, los plazos y la vía judicial.

📅 Actualizado: 22 de octubre de 2026 · Contrastado con el Reglamento General de Vehículos, la Instrucción VEH 2023/12 y la Sede Electrónica de la DGT, el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE).

Pagaste el coche, tienes las llaves y, de repente, el vendedor deja de contestar. O contesta, pero no firma, no te da los papeles o te dice que «ya lo hará». Llevo más de 20 años en una gestoría de vehículos y cuando el vendedor no quiere transferir el coche casi siempre hay salida. Lo que cambia es el camino, y depende de un papel: el contrato.

Si tu caso es el contrario y eres tú quien vendió, lo tienes en qué hacer si el comprador no hace la transferencia. Aquí hablo al comprador.

✅ Respuesta rápida: si tienes el contrato de compraventa firmado por el vendedor en todas sus hojas, no lo necesitas: la transferencia la pide el comprador y la DGT la tramita con ese contrato y el justificante del ITP. Si no llegó a firmar, requiérele por burofax y, si no responde, reclama el cumplimiento ante el juzgado.

Tabla de contenidos

¿Qué hacer según lo que haga (o no haga) el vendedor? 🧭

Antes de pelearte con nadie, localiza tu situación. En el despacho lo primero que pedimos es ver el contrato, porque decide todo lo demás:

Situación¿Necesitas al vendedor?Qué haces
Firmó el contrato, pero no te da el permiso de circulación ni la fichaNoTransfiere tú: la DGT ya no pide esos documentos en el cambio de titularidad
Firmó el contrato y ahora no contesta o está ilocalizableNoTransfiere tú con el contrato; su silencio no bloquea el trámite
No firmó contrato, o falta su firma en alguna hojaSíRequerimiento por burofax y, si no hay respuesta, demanda de cumplimiento
Ha fallecido antes de completar la ventaSus herederosLos herederos asumen sus obligaciones; habla con ellos
El coche tiene una carga que solo él puede levantar (reserva de dominio, embargo, impuesto impagado)Sí, para quitar la cargaComprueba el informe DGT y exígele que la cancele

Para saber qué cargas tiene el coche y quién figura como titular hoy, pide un informe completo del vehículo de la DGT antes de mover ficha.

¿Puedes hacer la transferencia sin el vendedor? ✍️

Sí, si tienes un contrato firmado. El artículo 32 del Reglamento General de Vehículos dice que, aunque el vendedor no notifique la venta, el coche se inscribe a nombre del nuevo titular «a solicitud de ésta», es decir, de la persona que compra, aportando el documento que prueba la adquisición.

La DGT lo concretó en su Instrucción VEH 2023/12: las solicitudes del comprador no requieren la notificación previa del vendedor si se aporta el documento que acredita la transmisión, y el solicitante de una transferencia es siempre el comprador. Además, dejó de exigirse el permiso de circulación y la tarjeta ITV en los cambios de titularidad. Por eso que el vendedor «se quede los papeles» ya no te frena.

Lo que sí debe tener ese contrato: firma de comprador y vendedor en todas las hojas, como pide la DGT, y la de todos los cotitulares si había varios. Si dudas de si el tuyo vale, revisa los requisitos del contrato de compraventa de coche en la DGT.

¿Cómo la tramitas tú solo, paso a paso? 📝

  1. Comprueba el coche. Con el informe DGT, mira que esté de alta y sin reserva de dominio, embargo ni impagos del impuesto de circulación. Según la DGT, un vehículo en baja temporal o sin los impuestos locales al día no puede transferirse.
  2. Paga el ITP. Presenta el modelo 620 o 621 de tu comunidad autónoma. Si no sabes cuál te toca, te lo explico en cómo calcular y presentar el ITP.
  3. Paga la tasa de la DGT. Puedes hacerlo en el mismo formulario online.
  4. Presenta la solicitud. En la Sede Electrónica de la DGT, con Cl@ve, certificado o DNI electrónico, subiendo el contrato digitalizado y el justificante del ITP. También puedes hacerlo a través de una gestoría.
  5. Hazlo dentro de plazo. Tienes 30 días desde la compra (art. 32.3 del Reglamento). Que el vendedor no colabore no detiene ese plazo, así que no esperes a que aparezca.

Si te falta algún documento más, como la ficha técnica, tienes soluciones en transferir un vehículo sin documentación.

¿Tienes el contrato y el vendedor no aparece?

Revisamos tu contrato y tramitamos la transferencia online en la DGT sin que el vendedor tenga que hacer nada. Sin cita previa y con el permiso de circulación a tu nombre.

Transferencia de coche online sin el vendedor con Gestioon

¿Y si el vendedor no firmó o se niega a firmar? ⚖️

Aquí sí lo necesitas, porque sin su firma no hay documento que acredite la venta ante Tráfico. Pero tiene obligaciones: el Código Civil le obliga a entregar la cosa vendida (art. 1461) con sus accesorios (art. 1097), y el contrato obliga también a todo lo que exige la buena fe (art. 1258). Facilitar el cambio de titular forma parte de eso.

El camino, en este orden:

  1. Requiérelo por escrito y con prueba de recepción. Un burofax con certificación de contenido y acuse de recibo. Desde ese momento está en mora (art. 1100 CC) y, además, te sirve como intento de negociación, que desde abril de 2025 es obligatorio antes de demandar (Ley Orgánica 1/2025, arts. 5 y 10).
  2. Espera 30 días naturales. Si no responde por escrito en ese plazo desde que lo recibe, la negociación se da por terminada sin acuerdo (art. 10.4 de la misma ley) y puedes acudir al juzgado.
  3. Elige qué pides. El artículo 1124 del Código Civil te deja escoger entre exigir el cumplimiento o resolver la venta y recuperar tu dinero, con daños e intereses en ambos casos.
  4. Si pides el cumplimiento, la sentencia puede firmar por él. Si le condenan a emitir su declaración de voluntad y no lo hace en 20 días, el juzgado la tiene por emitida mediante auto (art. 708 LEC). Ese título judicial es el que llevas a Tráfico.

Las demandas de hasta 15.000 € van por juicio verbal (art. 250.2 LEC) y, si no superan 2.000 €, puedes presentarlas sin abogado ni procurador (arts. 23 y 31 LEC). Para el resto, consulta con un abogado.

¿Qué cambia si el vendedor ha fallecido? 🕊️

Su muerte no anula la venta. Según el artículo 661 del Código Civil, los herederos suceden al difunto en todos sus derechos y obligaciones, así que son ellos quienes deben completar lo que faltaba: firmar o entregarte lo pendiente. Si el contrato ya estaba firmado por él, reúne también las pruebas del pago y consulta tu caso antes de presentar nada: con herederos de por medio, cada expediente se estudia aparte.

Si en cambio el coche iba a heredarse y no venderse, el trámite es otro: cómo transferir el coche de un difunto.

¿Qué más nos preguntan los compradores? ❓

¿El vendedor puede impedir la transferencia si ya firmó el contrato?

No por sí solo. La transferencia la solicita el comprador y la DGT no exige la notificación de venta previa si se aporta el contrato. Lo que sí la frena es una carga del coche, como una reserva de dominio o un embargo.

¿Necesito el permiso de circulación original?

No. Desde la Instrucción VEH 2023/12, la DGT no pide el permiso de circulación ni la tarjeta ITV en los cambios de titularidad, salvo modificaciones técnicas no registradas.

¿Qué pasa si se acaban los 30 días porque el vendedor no firma?

El plazo es del comprador y no se suspende. Si tienes el contrato, presenta ya. Si no lo tienes, guarda el burofax y los mensajes: demuestran que el retraso no es culpa tuya.

¿Basta con un WhatsApp para reclamar al vendedor?

Para la vía judicial no es lo ideal. La ley exige poder probar que la otra parte recibió la propuesta y pudo leerla entera; el burofax con certificación de contenido lo prueba sin discusión.

¿Puedo devolver el coche y recuperar el dinero?

Sí, el artículo 1124 del Código Civil permite pedir la resolución del contrato con daños e intereses si el vendedor incumple. Pásalo antes por un intento de negociación.

¿Qué tienes que recordar? 📌

  • Contrato firmado = no necesitas al vendedor. La transferencia la pides tú.
  • Los papeles no te frenan: la DGT ya no exige el permiso de circulación ni la tarjeta ITV.
  • Lo que sí frena son las cargas: reserva de dominio, embargo, baja temporal o impuestos sin pagar.
  • Sin firma, burofax primero y 30 días de espera; después, demanda de cumplimiento o resolución.
  • Tu plazo de 30 días corre igual. Si tienes contrato, no esperes a que el vendedor conteste.

Si prefieres que lo miremos con tu contrato delante, en Gestioon te decimos en el día qué camino te toca y, si es posible, tramitamos tu transferencia online. Y si la cosa ya está bloqueada en Tráfico, revisa por qué no se puede transferir un coche.

Fuentes: RD 2822/1998, Reglamento General de Vehículos, art. 32 y anexo XIV (BOE-A-1999-1826); DGT, Instrucción VEH 2023/12 (apartados 1.7 y 4); Sede Electrónica de la DGT, «Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo»; DGT, «Comprar un vehículo de segunda mano»; Código Civil, arts. 661, 1097, 1100, 1124, 1258 y 1461 (BOE-A-1889-4763); Ley 1/2000, de Enjuiciamiento Civil, arts. 23, 31, 250 y 708 (BOE-A-2000-323); Ley Orgánica 1/2025, arts. 5 y 10 (BOE-A-2025-76). Actualizado: 22/10/2026.

Gestioon
Publicado por Gestioon.com

Soy la redactora de Gestioon y, tras más de 20 años gestionando trámites de vehículos y embarcaciones, comparto aquí mi experiencia real: casos resueltos, normativa cambiante y consejos prácticos para que entiendas cada paso (matriculaciones, transferencias, bajas) sin sorpresas. Cada artículo del blog nace de mi día a día en gestorías: no encontrarás contenido genérico, sino la autoridad que da vivir cada trámite, detectar errores frecuentes y anticipar posibles retrasos administrativos. Si quieres saber más sobre nuestro equipo y trayectoria, visita Sobre Nosotros. Para dudas concretas que no resolvemos aquí, consulta nuestras Preguntas Frecuentes. ¿Necesitas ayuda personalizada? Ponte en Contacto y te atenderemos con la cercanía y experiencia que nos avalan.

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