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Transferencia de coche de particular a empresa: entrega de llaves y documentación en el aparcamiento de una pyme

Transferencia de coche de particular a empresa: impuestos y factura

¿Tu empresa o autónomo compra un coche a un particular? Te explico cuándo se paga ITP y cuándo IVA, qué documentos (CIF, contrato, representación) necesitas y cómo hacer el cambio de titular en la DGT.

📅 Actualizado: octubre de 2026 · Información contrastada con la Sede Electrónica de la DGT y la normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (modelo 620/621).

¿Tu empresa o tu actividad de autónomo va a comprar un coche a un particular? La pregunta que más me hacen no es el plazo de la DGT, sino otra: ¿hay que pedir factura con IVA o se paga el ITP? Llevo más de 20 años tramitando la transferencia coche particular a empresa y el error más caro suele ser confundir este sentido con el contrario (empresa que vende a particular).

Aquí te dejo el esquema correcto: impuestos, CIF/NIF, documentación y los pasos en Tráfico.

✅ Respuesta rápida: si un particular vende a una empresa o autónomo, el comprador liquida el ITP (modelo 620/621): el particular no emite factura con IVA. Plazo DGT de 30 días y tasa 1.5 de 55,70 €. El IVA solo aplica si vende un profesional o concesionario.

Tabla de contenidos

¿ITP o IVA? Qué impuesto paga la empresa al comprar a un particular 💶

La clave no es quién compra, sino quién vende y en qué condición actúa:

Quién vendeQuién compraImpuestoDocumento fiscal
Particular (no profesional)Empresa o autónomoITP (Transmisiones Patrimoniales)Modelo 620/621 en la comunidad del comprador; sin factura IVA
Profesional / concesionario sujeto a IVAEmpresa o autónomoIVA (o régimen especial de usados, según el caso)Factura del vendedor; no se presenta ITP
Empresa que vende su flota a un particularParticularDepende del régimen del vendedorVer la guía inversa: transferencia de vehículo de empresa a particular

En la práctica diaria de gestoría, cuando un CIF o un autónomo compra a un particular de a pie, no pedimos factura: pedimos contrato de compraventa firmado y luego liquidamos el ITP. Si el vendedor “insiste” en darte una factura con IVA sin ser profesional, recházala: te puede generar problemas ante Hacienda y ante la DGT.

¿Quién paga el ITP?

El sujeto pasivo es el comprador (la empresa o el autónomo). El tipo y la base dependen de la comunidad autónoma: quién paga el ITP en una transferencia y cómo se calcula el ITP por comunidad.

¿Y si compra un autónomo?

A efectos de DGT e ITP, un autónomo que compra para su actividad se trata como comprador profesional en el sentido de titular con NIF, pero si el vendedor sigue siendo particular, el impuesto sigue siendo el ITP, no el IVA. Lo que cambia frente a un particular puro es la documentación: NIF, a veces datos de actividad y, si actúa un representante, poder o autorización.

📋 ¿Qué documentación necesita la empresa (CIF, contrato, representación)?

Antes de firmar, pide un informe completo del vehículo en la DGT y revisa que esté de alta, con el Impuesto de Circulación del año anterior pagado y sin cargas que bloqueen el cambio.

Documentos típicos en una transferencia de coche de particular a empresa:

  • Contrato de compraventa firmado en todas sus hojas (o, si el vendedor fuera profesional, factura). Usa un modelo de contrato de compraventa de vehículos con NIF/CIF de ambas partes, matrícula, bastidor, precio y fecha/hora de entrega.
  • DNI/NIE del vendedor particular (copia) y datos del comprador: CIF de la sociedad o NIF del autónomo.
  • Justificante del ITP: modelo 620/621 con pago, exención o no sujeción (guarda el CET si es telemático).
  • Tasa DGT 1.5 (55,70 €) o su pago en el formulario online.
  • Representación: si firma un apoderado o gestoría en nombre de la sociedad, necesitas poder, escritura o autorización suficiente para la DGT; el administrador o el autónomo pueden actuar con su certificado digital si tienen facultades.

El vendedor particular debería comunicar la notificación de venta a la DGT para dejar de responder de sanciones desde la fecha del contrato.

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Gestionamos el ITP (modelo 620/621), la tasa DGT y la documentación con CIF o NIF de autónomo. Sin citas y sin certificado digital.

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🧭 ¿Cómo se hace la transferencia en la DGT paso a paso?

El procedimiento es el de una transferencia ordinaria; lo que cambia es el titular comprador (CIF/NIF) y el impuesto:

  • 1. Contrato. Comprador (empresa/autónomo) y vendedor particular firman el contrato en todas sus hojas y anotan la hora de entrega.
  • 2. Notificación de venta. El particular comunica la venta a la DGT (recomendable el mismo día).
  • 3. ITP. La empresa o el autónomo liquida el modelo 620/621 en su comunidad autónoma. No hay factura con IVA del particular.
  • 4. Solicitud en la DGT. Pagar la tasa 1.5 (55,70 €) y presentar la solicitud: por internet con certificado digital o Cl@ve, en miDGT, por teléfono o con cita en Jefatura. Una gestoría puede actuar como representante.
  • 5. Nuevo permiso. La DGT emite el permiso de circulación a nombre de la sociedad o del autónomo. Contrata o cambia el seguro a ese titular antes de circular.

El plazo máximo es de 30 días desde el contrato. Los supuestos especiales (herencias, donaciones, reserva de dominio) están en la guía completa de transferencia de un vehículo.

Costes orientativos

ConceptoImporteNotas
Tasa DGT 1.555,70 €Obligatoria para el cambio de titular
ITP (compra a particular)Según comunidad autónomaModelo 620/621; lo paga el comprador (empresa/autónomo)
Informe detallado DGT (tasa 4.1)8,67 €Opcional, muy recomendable antes de pagar
GestoríaSegún gestoríaOpcional; útil si no tienes certificado digital o poder preparado

Errores frecuentes al pasar un coche de particular a empresa 🚨

  • ❌ Pedir factura con IVA al particular. No corresponde: el impuesto es el ITP.
  • ❌ Confundir el sentido de la operación con la venta de empresa a particular, donde el régimen fiscal es otro.
  • ❌ Poner el coche a nombre del socio o del administrador “por comodidad” cuando la compra es de la sociedad: el titular en DGT debe coincidir con quien liquida y asegura.
  • ❌ Olvidar el poder o la representación cuando firma alguien que no es el administrador con facultades.
  • ❌ Dejar pasar los 30 días con el vehículo aún a nombre del vendedor.
  • ❌ Declarar un precio irreal en el ITP por debajo del valor fiscal de Hacienda: la comunidad puede girar una comprobación de valores.

❓ Preguntas frecuentes sobre transferencia de particular a empresa

¿Un particular puede emitir factura con IVA al vender el coche a una empresa?

No, si actúa como particular y no como profesional sujeto a IVA. En ese caso la empresa o el autónomo liquida el ITP con el modelo 620/621.

¿Quién paga el ITP cuando compra una sociedad?

El comprador: la sociedad (o el autónomo). El tipo y la base los fija la comunidad autónoma del adquirente.

¿Cuánto cuesta la tasa de la DGT?

La tasa 1.5 de 55,70 €, la misma que en una transferencia ordinaria entre particulares.

¿Qué plazo hay para poner el coche a nombre de la empresa?

Un máximo de 30 días desde la firma del contrato de compraventa, según la DGT.

¿Hace falta poder para transferir a nombre de una S.L.?

Si quien presenta el trámite no es el administrador con facultades suficientes, sí: la DGT exige documentación de representación (poder, escritura o autorización).

¿Es lo mismo si compra un autónomo?

El impuesto sigue siendo el ITP si el vendedor es particular. Cambia el identificador del comprador (NIF de autónomo) y, a veces, la forma de acreditar la representación.

¿Por qué hacer la transferencia de particular a empresa con Gestioon?

En Gestioon llevamos más de dos décadas cambiando de titular vehículos para sociedades y autónomos. Preparamos el modelo 620/621, revisamos CIF/NIF y poderes, pagamos la tasa y presentamos el expediente online, sin citas, hasta que el permiso sale a nombre de tu empresa.

📌 Resumen: transferencia de coche de particular a empresa

  • Vendedor particular → comprador empresa/autónomo: normalmente ITP (modelo 620/621), sin factura IVA.
  • El IVA con factura solo si vende un profesional o concesionario sujeto a IVA.
  • Plazo DGT: 30 días desde el contrato; tasa 1.5: 55,70 €.
  • Documentos clave: contrato, CIF/NIF, ITP, tasa y, si aplica, poder de representación.
  • No confundir con el sentido inverso: empresa que vende a particular.

Fuentes: Sede Electrónica de la DGT, «Transferencia o cambio de titularidad de un vehículo»; normativa del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (modelo 620/621); tarifas de tasas DGT vigentes. Consultadas y actualizado: octubre de 2026.

Gestioon
Publicado por Gestioon.com

Soy la redactora de Gestioon y, tras más de 20 años gestionando trámites de vehículos y embarcaciones, comparto aquí mi experiencia real: casos resueltos, normativa cambiante y consejos prácticos para que entiendas cada paso (matriculaciones, transferencias, bajas) sin sorpresas. Cada artículo del blog nace de mi día a día en gestorías: no encontrarás contenido genérico, sino la autoridad que da vivir cada trámite, detectar errores frecuentes y anticipar posibles retrasos administrativos. Si quieres saber más sobre nuestro equipo y trayectoria, visita Sobre Nosotros. Para dudas concretas que no resolvemos aquí, consulta nuestras Preguntas Frecuentes. ¿Necesitas ayuda personalizada? Ponte en Contacto y te atenderemos con la cercanía y experiencia que nos avalan.

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